May 6, 2011 at 1:00 am

Aprueba Senado de Florida Ley contra Indocumentados

migracion-protestasEl Senado de Florida, controlado por los republicanos, aprobó con una votación mayoritaria una ley similar a la adoptada en Arizona, que le hace la vida más difícil a los inmigrantes indocumentados.

Sin debate alguno en el pleno, la propuesta SB 2040 fue aprobada con una votación de 23 sufragios contra 16, informaron fuentes legislativas.

La propuesta dejó sin efecto el E-verify, por lo que los empleadores no tendrán la obligación de utilizarlo para comprobar el estatus migratorio de las trabajadores que contratan.

Pero si tiene otra disposición que preocupa a los defensores de los derechos de los inmigrantes, ya que la policía podría detener a una persona por un delito menor y si no tiene documentos migratorios sería entregada a las autoridades de inmigración para su posible deportación.

La Cámara de Representantes tiene su propio proyecto de ley: la HB 7089 todavía más estricta contra los indocumentados.

Esa iniciativa convierte en un delito menor de segundo grado el ser indocumentado, lo que conlleva una pena de prisión de 20 días la primera vez y 30 la segunda, así como una multa de 100 dólares.

Esto contrasta con la ley federal, que considera la presencia ilegal de extranjeros como una infracción civil, cuyo castigo es la deportación, no la cárcel.

La HB 7089 aún no ha sido aprobado y no se espera que la Cámara de Representantes considere la aprobación de la propuesta del Senado (SB 2040) hasta que analicen su propia versión.

La medida es una prioridad del gobernador republicano Rick Scott, quien ha realizado una campaña en favor una ley al estilo de la de Arizona para combatir la inmigración indocumentada.

El Centro de Defensa de Inmigrantes de la Florida (FIAC) reaccionó de inmediato y dijo que la medida alienta la discriminación racial y devastará la economía del estado.

“Si el Senado realmente quería hacer valer el imperio de la ley hubiera sancionado a los empleadores, y no sólo a los inmigrantes, muchos de los cuales han contribuido con su tiempo de trabajo e impuestos a este estado”, dijo Cheryl Little, directora ejecutiva del FIAC.

Indicó que las medidas dejarán consecuencias negativas al turismo, agricultura y comercio internacional.

“Agradecemos al Caucus Hispano de la Legislatura y cientos de negocios, religiosos y grupos de profesionales por oponerse al proyecto de ley estilo Arizona”, precisó.

Carlos Pereira, del Centro de Orientación del Inmigrante en Miami, dijo que es triste que la Legislatura pueda llevar al estado a un caos financiero, social y humanitario si alguno de los proyectos se convierten en ley.

March 11, 2011 at 12:29 am

Historias de Inmigrantes

HistoriasConvocado por el Instituto de los Mexicanos en el Exterior de la Secretaría de Relaciones Exteriores, el Consejo Nacional de Población, el Consejo Nacional para la Cultura y las Artes y el Fondo de Población de las Naciones Unidas, el Primer Concurso de “Historias de Migrantes” tuvo como propósito, de acuerdo a  sus organizadores, “crear un espacio para la reflexión de las implicaciones de la migración en la vida de las personas, las familias y las comunidades, tanto en los lugares de origen como de destino.”

Las cuatro historias ganadoras en cada una de las categorías fueron dadas a conocer, así como aquellas que fueron merecedoras de menciones honoríficas.

El concurso literario tuvo la intención de alentar a personas que han experimentado el fenómeno de la migración de México a Estados Unidos, a dar a conocer sus testimonios. A través de estas historias, es posible conocer y entender más a fondo muchos de los elementos inherentes que enfrentan aquellos quienes se aventuran a dejar su país de origen, en la búsqueda de mejores perspectivas económicas.

Las instituciones a cargo del concurso afirmaron que “la expresión literaria del fenómeno migratorio constituye una herramienta fundamental para su mejor comprensión, tanto por parte de la ciudadanía en general, como de los tomadores de decisiones y diseñadores de programas y políticas orientados a la   atención de las necesidades de los migrantes y de sus familias.”

Las historias ganadoras fueron:

Los Viajes, Mi Viaje
Maryela Avila García

La Pobreza Exige
Janet Martínez

Más Adelante Dios Dirá
Martha Elena Nava Tablada

El Sueño Equivocado
Alicia Reyes Acosta

El jurado estuvo integrado por:Eugenio Aguirre, Oscar de la Borbolla, Marco Aurelio Carballo, Bernardo Fernández, Jesús Guzmán Urióstegui , Mónica Lavín , Rosa María de la Luz García Ocampo, David Martín del Campo, Rafael Ramírez Heredia y Cristina Rivera Garza, quienes también otorgaron varias menciones honoríficas. La totalidad de los testimonios premiados pueden ser leídos en el siguiente documento (PDF): HISTORIAS DE MIGRANTES

at 12:20 am

Deportaciones: Cambios en la Política de los Estados Unidos

El Servicio de Inmigración ha cambiado recientemente su política de buscar y arrestar extranjeros que solamente se han quedado mayor tiempo que el permito o que han entrado a los Estados Unidos sin visa. A partir de ahora el Servicio de Inmigración se concentrara solamente en detener y deportar inmigrantes que hayan sido condenados por un rimen serio o que representan una amenaza para la seguridad nacional del país. Este cambio ha sido necesario porque el Servicio de Inmigración estaba desbordado por casos de deportación. Los extranjeros arrestados siempre tienen derecho a una audiencia en la Corte de Inmigración. Solicitudes legitimas de residencia permanente, como el caso de matrimonio con un ciudadano estadounidense y solicitud por parte de un padre estadounidense, o si el solicitante tiene un hijo ciudadano estadounidense y ha permanecido en el país por más de 10 años, otorgan la posibilidad de solicitar Cancelación de Remoción y Ajuste de Status, o algún otro tipo de remedio que puede usarse como defensa frente a un proceso de deportación. Arrestando a toda persona que ha permanecido más del tiempo autorizado se hace colapsar a la Corte de Inmigración.

DeportarEste cambio de énfasis para evitar deportaciones excesivas revela un choque entre el ICE que esta a cargo de aplicar las leyes de inmigración y las Cortes de Inmigración que trabaja los casos de los extranjeros indocumentados. Esto produce demoras en los tratamientos de los casos, resultando en 247.000 casos atrasados y en un promedio de tiempo de espera de 457 días para llegar a un juicio.

Como resultado de este colapso total, la Administración del Presidente Obama ha impulsado una nueva política. Esas dos ramas del Servicio de Inmigración han entrado en conflicto.

La nueva política asigna al ICE la detención de inmigrantes que han cometido delitos serios o que comprometan la seguridad nacional solamente. Los extranjeros que tiene una base para permanecer en los Estados Unidos, sea a través de un cónyuge, padre o hijo estadounidense, no serán arrestados y llevados frente la Corte de Inmigración, evitando tensiones en el sistema de Inmigración, y a la vez promueve el uso eficiente de los recursos gubernamentales.

at 12:16 am

Autorización de Empleo Disponible para Entrantes Ilegales

Empleo

Puede un extranjero indocumentado que entro a los Estados Unidos sin visa obtener permiso de empleo? La respuesta es: Sí, en los siguientes casos:

(1) Asilo:

Autorización de empleo (EAD) puede ser otorgado a un extranjero indocumentado después de que la aplicación de asilo haya sido sometida y archivada por 150 días.  Después de 150 días el Servicio de Inmigración tiene 30 días para otorgar o negar la autorización de empleo.  Si el Servicio de Inmigración no adjudica la aplicación de asilo dentro de estos 30 días, el solicitante de asilo seria elegible para recibir  EAD.  Si el Servicio de Inmigración refiere el caso a la Corte de Inmigración, la regla de 180 días todavía aplica.  Cuando un Juez de Inmigración escuche el testimonio del solicitante de asilo, revise los documentos, escuche el testimonio de los testigos, y luego de la debida consideración, si el Juez rechaza la petición de asilo, la autorización de empleo todavía continuaría su validez, mientras que el solicitante de asilo apele la decisión del Juez.

(2) Cónyuges e Hijos Maltratados:

Aunque cónyuges o hijos extranjeros hayan entrado sin visa, un cónyuge y/o hijos maltratados peticionando por si mismo son elegibles para autorización de empleo, siempre y cuando sus casos no hayan sido rechazados por la Corte de Inmigración.  El cónyuge maltratado normalmente debe presentar un reporte policial confirmando lo ocurrido después que la denuncia sea archivada.  Si la policía no tomó manos en el asunto e ignoró la denuncia, pruebas de lo ocurrido son importantes para demostrar que en el país del solicitante la violencia domestica no es seriamente considerada por las autoridades, y por esa razón una aplicación de asilo seria seriamente considerada por el Servicio de Inmigración.

Autorización de Empleo para No Inmigrantes que Entraron con Visa:

Beneficiarios que están en el estatus H, L o E y beneficiarios del Certificado Laboral y una Preferencia que hayan aplicado por ajuste de estatus bajo una fecha de prioridad vigente son elegibles para la autorización de empleo.  Personas que son otorgadas asilo, prometidos, cónyuges e hijos acompañantes quienes fueron admitidos bajo estatus K y titulares de visa U y T quienes han sido víctimas de abuso físico y mental o tráfico humano también tienen el derecho de recibir autorización de empleo.  Cónyuges de visas E-2 y L-1 también están incluidos.

Programas de Unidad Familiar:

Autorización de empleo es disponible para cónyuges e hijos solteros de inmigrantes quienes hayan sido otorgados residencia permanente o temporal como Trabajadores Especiales de Agricultura.

at 12:07 am

Copatrocinio, Declaración Jurada de Respaldo Económico

Muchos de los extranjeros que contraen matrimonio con un ciudadano estadounidense creen que por mientras el matrimonio sea de buena fe es suficiente para obtener la residencia permanente.  Desafortunadamente, existe la dura realidad de las finanzas.  El cónyuge estadounidense debe comprobar ingresos equivalentes al 125% de los límites de pobreza.  Si los ingresos del cónyuge no sobrepasan los límites de pobreza, la pareja necesita la asistencia de un copatrocinador.

PatrocinadorPara obtener residencia permanente por medio de matrimonio con un ciudadano estadounidense o residente permanente, una declaración jurada de respaldo económico debe ser sometida con el Servicio de Inmigración o con un Consulado estadounidense para comprobar que el cónyuge extranjero no se convertirá en una carga pública.  Si el cónyuge que peticiona no tiene suficientes ingresos puede obtener el copatrocinio de un familiar.  Si no hay un familiar dispuesto, un amigo cercano puede hacerlo.  El copatrocinador necesita tener como mínimo 18 años de edad pero no es necesario que sea ciudadano estadounidense o residente permanente, siempre y cuando los ingresos declarados sean de un empleo o fuente legal.

La declaración jurada de respaldo económico es un contrato escrito que declara que el copatrocinador es mutuamente y severamente responsable de cualquier obligación financiera que el patrocinador pueda enfrentar con la manutención del cónyuge extranjero, padre u otro familiar inmediato.

Requisitos para el Patrocinador y Copatrocinador:

Los impuestos federales más recientes deben ser archivados adjunto con la declaración jurada de respaldo económico, incluyendo planillas W-2 que demuestren los ingresos del empleo actual y que son suficientes para satisfacer el 125% de los límites de pobreza.  Los ingresos son demostrados con una copia de los impuestos más recientes.  Esto es usualmente suficiente a menos que el oficial que examine tenga dudas razonables sobre los impuestos sometidos.  Los Consulados no están permitidos en exigir una carta de empleo del patrocinador o copatrocinador, a menos que el Consulado tenga una duda articulada sobre la verdad de los impuestos sometidos.  El Servicio de Inmigración o el Servicio Consular puede que no insista en una declaración jurada actualizada junto con sus documentos, a menos que al momento de la entrevista final para residencia permanente, la declaración jurada haya sido sometida hace más de un año.
Domicilio del Patrocinador y Copatrocinador:

El patrocinador y copatrocinador deben residir en los Estados Unidos.  Hasta un ciudadano estadounidense no calificaría si vive fuera de los Estados Unidos. Domicilio se define como el lugar de vivienda principal y actual de un individuo. Un posible patrocinador o copatrocinador puede continuar su residencia en los Estados Unidos antes o al momento de la visa de inmigrante del beneficiario. No hay alguna regla que indique que la residencia debe de ser existente por un periodo en particular. El patrocinador o copatrocinador necesita solamente indicar los pasos que ha tomado para continuar su residencia en los Estados Unidos, tales como encontrar un hogar, o rentar un apartamento y registrar sus hijos en la escuela. Esta evidencia debe demostrar que es actual en o antes de la fecha de la entrevista para la residencia permanente del inmigrante en los Estados Unidos o ajuste de estatus.

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